La regularización catastral

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La regularización catastral

En este post, os voy a explicar en qué consiste la regularización catastral que hemos sufrido en los años 2013-2016 y que ahora nos están llegando a casa, además os daré mi punto de vista como técnico y como usuario.

Primero os situaré en el tema…

¿Qué es la regularización catastral?

El procedimiento de regularización catastral es uno de los procedimientos de incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, en supuestos de incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación catastral.

¿Cuál es su finalidad?

No es una forma de «recaudar», como podemos oír a algunos ciudadanos… si no que su finalidad es garantizar la adecuada concordancia de la descripción catastral de los bienes inmuebles con la realidad.

¿Dónde se aplica?

Este procedimiento se desarrollará durante los años 2013 a 2016 en todo el territorio nacional, excepto el País Vasco y Navarra.
La determinación del período de regularización para cada municipio se establece mediante resolución de la Dirección General del Catastro publicada en el “Boletín Oficial del Estado”

¿Cuándo fue aprobado en el BOE la regularización en Villarrobledo?

El Jueves 25 de Junio de 2015 se publica en el BOE los municipios y periodos en los que se aplicará el procedimiento de regularización catastral.

Periodo de aplicación: 26-06-2015 a 30-07-2016

Como técnico, ¿qué problemas he localizado en estas regularizaciones?

  1. Que las superficies y usos reales, no corresponden con lo determinado por catastro, es decir, que tanto el tipo de uso (comercial, vivienda, almacén…) y la superficie pueden no corresponderse con la realidad. Es el error más común.
  2. Un error que he localizado, el cual es grave por parte de catastro, es que si de un bien catastral (ya sea rústico o urbano) no se tiene constancia que ha sido pagado, no solo se carga la diferencia de la revaloralización catastral, si no que lo cargan completamente, dicho así suena lógico, pero ¿y si ese bien ha sido cambiado de nombre en esos años por fallecimiento del cónyuge, herencia, etc? Ya no suena tan lógico, ¿verdad?.

Como técnico ¿qué opino sobre esta revisión catastral?

Principalmente, como Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación, cualquier modificación, ampliación, realización de una nueva construcción, debe de realizarse de acuerdo a un proyecto que cumpla con la normativa vigente, visado y tras un seguro de responsabilidad civil, y por supuesto, tras el pago de las tasas municipales oportunas. Todas las construcciones cuando terminan se registran en catastro (superficies, usos, años de construcción y modificación, etc), así no habría ningún problema con estas revisiones.

Como usuario ¿cambiaría mi forma de ver dicha revisión?

La percepción como usuario de esta revisión es principalmente la falta de información de este tema, aunque para ser más claro, os diferenciaré los pros y los contras, desde mi punto de vista.

En contra:

  • El previo pago de los famosos 60€
  • El corto plazo de reclamación que existe antes de la realización del pago.
  • La poca información que se ha aportado desde las administraciones pertinentes, hoy en día tenemos multitud de sistemas por los que llegar al ciudadano.

A favor:

  • Era necesaria una revisión catastral, principalmente del suelo rústico (naves industriales sin proyectos ni licencias, mega-chalets en suelo rústico que no cumplen con coeficiente de edificabilidad mínima, etc).

 

Publicación: 13 de Febrero de 2017